PROPUESTA ESTATUTOS INTERNOS

DE UNA COMPAÑÍA DE TEATRO

I- Denominación

El nombre o denominación de la compañía de teatro se someterá a votación por parte de los miembros fundadores de la compañía, que será definido como asociación teatral o cultural tras un plazo de seis a doce meses desde la creación de la compañía, tras comprobación de que esta, tendrá continuidad.

II- Actividades de la compañía

La compañía que se creará hará tanto investigación-creación teatral por así decirlo en lo que se llama Laboratorio de teatro, que ocupará entre un 10-30% del tiempo destinado a las reuniones de la compañía para ensayos o lo que fuese. El resto será destinado a ensayos, ejercicios de técnica, técnica o desarrollo de proyectos. En el laboratorio se trabajaran textos teatrales diversos mediante lectura e improvisación, sean o no los trabajados en ensayos, aunque puede servir el laboratorio de refuerzo de lo que es la obra, o bien de investigación, aparte de juegos teatrales y de desarrollo de pequeños proyectos de cara a actividades tipo kabaret obert dónde se realizan actuaciones de cinco minutos, entre otras muchas posibilidades. Aunque entre los fundadores de la compañía se definirá como funcionará pero habrá un responsable máximo de este laboratorio, que actuará independientemente aunque si que si se le requiere para desarrollar bien los ensayos o la comprensión del texto o bien, la memorización del mismo entonces, este se encargará y disminuirá sus actividades. Naturalmente puede ser ayudante de dirección en otra área u ocupar otros cargos.

III- Organización de la compañía.

Habrá, un director principal, de uno a dos ayudantes de dirección de cara a ensayos o la parte principal del grupo además de un responsable del laboratorio teatral que puede ser o no ser el segundo ayudante de dirección. Además de un tesorero y un responsable de las relaciones publicas que puede ocupar también otras responsabilidades en la compañía.

Las decisiones importantes se tomaran mediante una reunión convocada por uno o varios miembros del denominado consejo gestor, en el que se informará de las cuentas (aunque por supuesto el tesorero informará al resto de miembros del consejo gestor y según se decida también se informará o no a toda la compañía de las cuentas o tendrán acceso a las mismas, mediante el sistema que se defina en el Consejo Gestor). Cualquier miembro del consejo gestor puede consultar al resto una decisión, siempre y cuando afecte a la globalidad del grupo y no sea propiamente de su área de responsabilidad.

Naturalmente, estos firmarán los Estatutos Internos que desarrollen y definirán las áreas de responsabilidad de cada uno y los límites de intrusión que puedan tener las otras partes, que será firmada por todos los miembros del consejo. Este consejo se reunirá con o sin el resto de la compañía para definir nueva organización, nuevos cargos, nuevas responsabilidades, nuevos proyectos, o todo lo que vaya a ser el año siguiente o la temporada siguiente, mejor dicho. Aunque naturalmente en caso de necesidad se reunirán para definir nuevos cargos o cosas que consideren necesarias incorporar en la compañía. Además de poder redefinir poderes, ... entre otros. Naturalmente, si se llegan a acuerdos se redactará un texto explicando los cambios y que serán firmados por todos, para así evitar abusos de poder innecesarios o conflictos.

IV- Disolución o abandono de uno de los miembros del Consejo Gestor

En caso de conflictos que lleguen a un punto aparentemente irresoluble entonces los consejeros en conflicto deberán ser remplazados por otra persona, o bien, el resto de consejeros definirá una solución oyendo las propuestas de los implicados. Naturalmente, en caso de irse uno de ellos, será remplazado temporalmente en sus funciones por otro de los miembros del consejo, pero naturalmente, deberán otorgar al que se ha ido por conflicto (si es que el consejo lo considera oportuno) darle un cargo externo del consejo. Dándole la oportunidad de recuperar su rol, cuando se resuelva el conflicto o bien cuando el consejo resuelva que ha de volver).

La compañía se disolverá por mayoría del Consejo Gestor, aunque también puede alterarse la compañía o también subdividir o redefinir.

El Consejo Gestor puede establecer relaciones con otras compañías de teatro u grupos y a su vez establecer una red, de intercambio de información, de medios de difusión o de actores o incluso guiones.

V- Otros elementos

Otros elementos pueden ser definidos por los miembros fundadores e incluso pueden retocarse elementos anteriormente definidos, ya que esto es un modelo de estatutos internos de una compañía de teatro.

VI- Economía

El sistema económico de la compañía pueden ser diferentes pero normalmente será el actor quién aporte economía al grupo y por lo tanto, tendrá derecho a ser informado de decisiones, propuestas y del estado de las cuentas. Aunque naturalmente, la transparencia económica deberá si más no ser transparente dentro del Consejo Gestor.